Subvención cargador coche eléctrico en Mallorca

Ya te has comprado tu vehículo eléctrico y no sabes cómo recargarlo. En Geneba te podemos ayudar con la instalación de tu cargador para coche eléctrico y también con la tramitación de las ayudas que otorga el gobierno para su instalación. Sigue leyendo para descubrir cómo te puedes beneficiar.

Subvención MOVES III explicada en 5 puntos

La línea de subvención que actualmente tenemos en vigor es la denominada MOVESIII, que en Mallorca (y en Baleares) está canalizada por la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático.

En este artículo os vamos a resumir los puntos más destacados de esta convocatoria.

Plazo de presentación y justificación de la actuación en MOVES III

Se admitirá la presentación de solicitudes hasta el 31 de julio de 2024 (o hasta que se agote el presupuesto otorgado a la subvención).

El plazo para la justificación de la actuación es de 12 meses desde la concesión de la subvención.

Gastos subvencionables en MOVES III

Proyecto y dirección de obra, obra civil, la propia estación de recarga, instalación y actualización de cualquier elemento eléctrico y las actuaciones de pre-instalación en comunidades de propietarios. También se podrían considerar los gastos de producción de energía renovable y almacenamiento en baterías si estos estuvieran asociados en exclusiva al punto de recarga del vehículo eléctrico.

También se considerarían subvencionables los sistema de pago integrado, señalización, sistemas de gestión, control y seguridad, y en general los sistemas de telecomunicaciones que aseguren una carga inteligente de los vehículos minimizando la potencia contratada.

Usos contemplados en MOVES III

  • Uso privado en sector residencial, incluidas las viviendas unifamiliares.
  • Uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.).
  • Uso privado en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a la flota.
  • Uso público en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a trabajadores y clientes.
  • Uso público en vía pública. Ejes urbanos, interurbanos y empresas.
  • Uso público en la red de carreteras, siendo de especial interés la infraestructura de recarga en estaciones de servicio y gasolineras.

Intensidad de la ayuda para personas físicas y comunidades de propietarios en MOVES III

(También aplica a entidades locales que no ofrezcan bienes ni servicios)

  • 70% del coste subvencionable para actuaciones en municipios de igual o más de 5.000 habitantes.
  • 80% del coste en el caso de municipios con menos de 5.000 habitantes.

Intensidad de la ayuda para empresas en MOVES III

(También aplica a entidades de conservación de polígonos, sociedades agrarias de transformación y entidades públicas que ofrezcan servicios)

  • 40% del coste subvencionable para actuaciones ubicadas en municipios de menos de 5.000 habitantes y cuya-
    infraestructura de recarga sea de acceso al público y la potencia igual o superior a 50kW. En el supuesto de que el
    beneficiario sea pequeña empresa, la ayuda es del 60% y si es mediana empresa del 50%.
 
  • 35% del coste subvencionable para actuaciones ubicadas en municipios de igual o más de 5.000 habitantes y cuya
    infraestructura de recarga sea de acceso al público y la potencia igual o superior a 50kW. En el supuesto de que el beneficiario sea pequeña empresa, la ayuda es del 50% y si es mediana empresa del 45%.
 
  • 40% del coste subvencionable para actuaciones ubicadas en municipios de menos de 5.000 habitantes y cuya-
    infraestructura de recarga sea de acceso al público o privado y la potencia inferior a 50kW.
 
  • 30% del coste subvencionable para actuaciones ubicadas en municipios de igual o más de 5.000 habitantes y cuya
    infraestructura de recarga sea de acceso al público o privado y la potencia inferior a 50kW.