Subvención retroactiva para instalaciones fotovoltaicas y baterías 2025

La "Conselleria d’Empresa, Autònoms i Energia" ha publicado una nueva convocatoria de subvenciones para el fomento de instalaciones de autoconsumo con energía fotovoltaica y sistemas de almacenamiento, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (Next Generation EU).

Convocatoria de ayudas para instalaciones fotovoltaicas: requisitos, cuantías y cómo solicitarlas

1. ¿Quién puede solicitar la ayuda?

  • Pequeñas y medianas empresas (PYMES) del sector privado.
  • Entidades públicas empresariales, fundaciones, consorcios y organismos autónomos con actividad económica.
  • Comunidades energéticas, comunidades de propietarios, asociaciones empresariales, cooperativas y entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y con actividad económica.

2. Actuaciones subvencionables

  • Instalaciones nuevas de producción de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica (hasta 500 kWp) y/o eólica (hasta 500 kW).
  • Sistemas de almacenamiento de ion-litio complementarios (hasta 100 kWh).
  • Solo se subvencionan instalaciones nuevas, no ampliaciones de sistemas existentes.

3. Requisitos principales

  • Las actuaciones deben ubicarse en las Illes Balears y haberse iniciado entre el 16 de junio de 2022 y el 20 de diciembre de 2025.
  • El consumo anual de energía debe ser igual o superior al 80% de la energía generada por la instalación.
  • La solicitud y toda la documentación se presentan exclusivamente de forma telemática en http://energia.caib.cat.
  • El procedimiento es de concurrencia no competitiva: las solicitudes se resuelven por orden de entrada hasta agotar el presupuesto.

4. Cuantía de las ayudas

  • El importe máximo por empresa es de 300.000 € en tres años (régimen de minimis).
  • Las ayudas se calculan según la potencia instalada y pueden incrementarse si la instalación se realiza sobre marquesinas o implica la retirada de amianto.
  • Ejemplo de módulos económicos:
    • Fotovoltaica ≤10 kWp: 600 €/kWp
    • Fotovoltaica 10–100 kWp: 450 €/kWp
    • Fotovoltaica 100–500 kWp: 350 €/kWp
    • Almacenamiento ≤10 kWh: 490 €/kWh
    • Almacenamiento 10–100 kWh: 350 €/kWh

5. Documentación necesaria

  • Solicitud normalizada y declaraciones responsables.
  • Memoria técnica de la actuación.
  • Facturas y justificantes bancarios.
  • Certificados de estar al corriente de obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
  • Reportaje fotográfico de la instalación.

5. Plazos y procedimiento

  • El plazo de presentación es hasta el 31 de diciembre de 2025 o hasta agotar el presupuesto.
  • Las ayudas se conceden por orden de entrada y pueden suspenderse si se agotan los fondos.

6. Obligaciones y seguimiento

  • Justificar la inversión y mantener la instalación durante al menos cinco años.
  • Cumplir con la normativa medioambiental y de economía circular.
  • Permitir el seguimiento y control por parte de la administración.

7. Más información

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